ZONA D-2 BALMACEDA |
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Usos de Suelo Permitidos |
Residencial, equipamiento de todas las clases, espacio publico y áreas veres. |
Superficie de subdivisión predial mínima (m²) |
115 |
Coeficiente de ocupación de suelo |
0,8 (*) |
Altura máxima de edificación |
11 metros (**) |
Sistema de Agrupamiento |
Adosado – Pareado - Continuo |
Rasante |
OGUC |
Distanciamiento |
OGUC |
Antejardín mínimo (m) |
No exigible |
(*) El término “Profundidad del Cuerpo Paralelo a la Calle” se entenderá para efectos de esta ordenanza como “Profundidad Máxima de Continuidad”. Este se asimilará o será proporcional al Coeficiente de Ocupación de Suelo.
Permítase coeficiente de ocupación de suelo de hasta 1.0, sólo al uso de suelo Equipamiento Comercial, en predios de hasta 300 m², en los Subsectores C1 Pueblo Nuevo y Subsector D2 Balmaceda. Estos equipamientos comerciales sólo podrán tener una altura no superior a 3,50 m en primer piso. Esta disposición no será aplicable a edificios de uso de suelo Actividades Productivas, tales como bodegas, talleres, industrias, etc.
(**) Se permitirá sólo edificación aislada sobre la altura máxima de la edificación continua, de conformidad a lo previsto en el artículo 2.6.3 de la O.G.U.C.