Zona AP-1 Zona Actividades Productivas 1
Usos permitidos:
Equipamiento: Científico, Comercio, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios, Social.
Actividades productivas: Industria inofensiva e Industria molesta (sólo existente). Inst. De Impacto similar: inofensiva y molesta (sólo existente)
Infraestructura: Transporte.
Zona R2-C
Usos permitidos:
Residencial: Vivienda y hospedaje
Equipamiento: Comercio, culto y cultura, deporte, educación, salud ( excepto cementerios y crematorios), seguridad ( excepto cárceles y centros de detención), servicios y social.
Actividades productivas: Inst. de impacto similar ( solo inofensivas).
Normas especiales: la vivienda colectiva solo podrá ubicarse frente a vías de al menos 15 m y sólo se permitirá en predios de un mínimo de 560 m2
Otros usos distintos al Residencial sólo se permitirán en predios de un mínimo de 210 m2 (letra b ) art. 2.1.13 OGUC.